A- de 2015
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Luz Estella Ortiz Ortiz Vs Fiscalia Tercera Seccional Delegada Ante Los Jueces Penales Del Circuito De San Pedo De Los Milagros, Antioquia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Normas que determinan la competencia
- Reiteración Auto 124/09
- Criterio funcional
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
- Competencia de Tribunal Superior
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Función de dirimir conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Antioquia (Sala Penal) y el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Pedro de los Milagros, en torno del trámite de la acción de tutela de la referencia.
Se reitera el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y se analiza el caso en concreto.
Se ordena la remisión del expediente al Tribunal Superior de Antioquia, con el objeto de que asuma el conocimiento de la solicitud de tutela con la indebida prelación constitucional y dicte la decisión a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 18 de noviembre de 2014, dictado por el Tribunal Superior de Antioquia, Sala de Decision Penal y el auto del 2 de diciembre de 2014 del Juzgado Promiscuo del Circuito del Circuito de San Pedro de los Milagros, dentro de la accion de tutela iniciada por la doctora Luz Stella Ortiz Ortiz contra la Fiscalia Tercera Seccional Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de San Pedro de los Milagros.
- Segundo. REMITIR el expediente correspondiente a la accion de tutela de Luz Estella Ortiz Ortiz en contra Fiscalia Tercera Seccional Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de San Pedro de los Milagros (ICC-2124) al Tribunal Superior de Antioquia, Sala de Decision Penal, con el objeto de que asuma el conocimiento de la solicitud de tutela, con la debida prelacion constitucional, y dicte la decision a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Tribunal Superior de Antioquia, Sala de Decision Penal y al Juzgado Promiscuo del Circuito de San Pedro de los Milagros para que en adelante, observen estrictamente la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto.
- Cuarto. Por la Secretaria General de esta Corporacion igualmente COMUNIQUESE al Juzgado Promiscuo del Circuito de San Pedro de los Milagros, la decision adoptada en esta ocasion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.